Descubre más sobre nuestra solución
¿Cómo funciona?
El crédito de consumo Principal es una alternativa de financiamiento a la que se puede acceder con pocos trámites, teniendo como ventajas un plazo flexible que tiene descuento desde la pensión, ya que el monto se puede abonar a la cuenta corriente u otra cuenta de ahorro y no requiere aval.
Si eres pensionado y estás interesado en un crédito de consumo, llámanos al 800 20 10 02.
¿Eres pensionado Principal?
Principal ofrece a sus pensionados de rentas vitalicias la posibilidad de acceder a un crédito de consumo con atractivos beneficios. Con él podrás cumplir tus proyectos o ideas.
Si eres pensionado y estás interesado en un crédito de consumo, llámanos al 800 20 10 02 para conocer las condiciones que se requieren para obtenerlo.
Beneficios del Crédito de Consumo
Descuento desde tu pensión
Las cuotas serán descontadas de tu pensión, por lo que no debes preocuparte de ir a pagarlas al banco.
No requieres aval
No es necesario para la contratación de este producto.
Plazo Flexible
Puedes elegir pagar tu crédito desde 12 hasta 60 meses en cuotas fijas.
Simula tu crédito
Puedes simular y contratar tu Crédito de Consumo directamente desde tu sitio privado en Principal.cl
Liquidación de pago de tu pensión
Conoce el detalle de tu pago
Para conocer el detalle del pago de tu pensión de renta vitalicia, puedes acceder a tus liquidaciones de pago de forma online. Sólo debes ingresar a nuestro Sitio Privado con tu clave y RUT. En Mis Productos encontrarás Certificados, luego selecciona Liquidación de Pensión y descárgala.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo cobrar la pensión? y ¿Cómo cambiar tu modalidad de pago?
¿Cómo solicitar tu clave para tu Sitio Privado?
¿Qué trámites puedes hacer en tu Sitio Privado?
Si tienes otros requerimientos debes contactarnos por medio del formulario "Contáctenos" o llamando al 800 20 10 02 como: cambio de vía de pago, solicitud de asignación familiar, renovación de poder, postulación APS, postulación a la Garantía Estatal, solicitud de clave (solo causante, sin mail registrado), entre otros.
Importante
Según lo establecido en la Ley 21.389, a partir del 18 de noviembre de 2022, al otorgar un crédito de una suma igual o superior a UF 50, Principal estará obligado a consultar, si el cliente se encuentra inscrito en el Registro en calidad de deudor de alimentos. En el caso que el cliente mantenga pensiones pendientes de pago conforme a esta ley, Principal deberá retener el 50 % del crédito o un monto inferior si éste es suficiente para pagar la deuda de alimentos.